El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto con el que se abroga la Ley sobre Delitos de Imprenta, publicada en este mismo Diario Oficial de la Federación, pero un 12 de abril del ya lejano 1917.

"El Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos decreta que se abroga la ley sobre delitos de imprenta, publicada en el diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 1917", se puede leer en el documento oficial.

Asimismo, se publicaron en el DOF dos artículos transitorios que tienen que ver directamente con este decreto los cuales señalan que:

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; es decir que el día de ayer entró en vigor dicha ley ya que se publicó el día 25 de abril.

Segundo.- Dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión realizará las adecuaciones necesarias al marco jurídico para procurar el pleno reconocimiento de las libertades de expresión y de imprenta.

Contexto

El 15 de marzo pasado, el Senado de la República aprobó de manera unánime el dictamen que abroga la Ley sobre Delitos de Imprenta que estaba vigente desde el año 1917, la cual ya resultaba obsoleta para la actualidad mexicana por fomentar la autocensura y la amenazas desde el poder político contra periodistas y la prensa.

Los 92 senadores presentes en la sesión ordinaria en el pleno de la Cámara alta decidieron poner fin a esta vieja legislación que atentaba contra la libertad de expresión de la prensa mexicana.

La iniciativa pasó al menos dos años y medio en la congeladora legislativa, pero hoy el Senado avaló el dictamen al que le dio luz verde en la Cámara de Diputados en noviembre de 2020. Ahora fue turnada el Ejecutivo federal para que se promulgada.

La minuta señala que la Ley sobre Delitos de Imprenta tuvo lugar en una época de indefinición, respondía a un contexto de guerra e inestabilidad, lo que llevó a tomar medidas autoritarias.