El Tribunal Constitucional (TC) de Perú declaró fundada una demanda de habeas data y ordenó a la Empresa Editora El Comercio suprimir tres notas periodísticas publicadas en 2014, bajo el argumento de proteger el derecho al olvido y la autodeterminación informativa de la demandante. La sentencia 144/2026, emitida por el Pleno el 28 de mayo y publicada el 30 de junio de 2026, reabre el debate sobre la proporcionalidad de las medidas judiciales frente a los archivos periodísticos.
El caso refiere a tres artículos que vinculaban a Lorena Bellina Schrader, entonces asesora del Ministerio de Agricultura, con la red delictiva de Rodolfo Orellana Rengifo. Aunque el medio incorporó un párrafo de actualización en las piezas originales, el TC determinó que dicha medida fue insuficiente al no incluir documentación oficial relevante, como el informe final del Congreso que no atribuyó responsabilidad a la demandante, y al basarse en una actualización con carácter de comentario de parte.
El Tribunal reconoció que, si bien la información era veraz en su momento, las condiciones fácticas cambiaron. A diferencia de fallos previos, el TC consideró que el interés público sobre la demandante disminuyó sustancialmente con el paso del tiempo, por lo que la permanencia de las publicaciones generaba una afectación desproporcionada a su honor.
Preocupación por la libertad de prensa
La decisión ha generado una profunda inquietud entre organizaciones internacionales. La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó su rechazo a la medida, calificándola como excesiva y peligrosa para la libertad de prensa y el registro histórico en línea. Pierre Manigault, presidente de la SIP, cuestionó que la solución judicial fuera borrar el contenido en lugar de aplicar medidas alternativas que limiten su difusión sin eliminar la fuente.
Martha Ramos, presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, subrayó que la eliminación de contenidos debilita el rol de la prensa en el escrutinio público. De acuerdo con los estándares de la Declaración de Salta II, la supresión de información atenta contra el derecho ciudadano a informarse y preservar la memoria colectiva. Especialistas señalan que existen mecanismos menos lesivos, como la desindexación en motores de búsqueda, que protegen la privacidad sin recurrir a la censura o al borrado sistemático de archivos.
Este precedente obliga a los medios de comunicación a revisar sus políticas de actualización de contenidos digitales y protocolos de transparencia. La posibilidad de que el medio recurra a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mantiene el caso en el centro de la agenda sobre regulación digital y libertad de expresión en Latinoamérica.







