Un policía que agredió a un periodista para evitar que cumpliera con su labor informativa tendrá que pagar una sanción económica y pedirle disculpas por los hechos denunciados por el comunicador, después de que el oficial le impidió realizar una cobertura en un pozo público por el hallazgo de un cadáver en la zona, esto, en noviembre del 2020.
Ángel 'N' fue culpable de haber agredido a un periodista con la intención de privarlo de su derecho a la libre expresión, por lo que fincó una sanción económica y una serie de actos para resarcir el daño. Además, tendrá que tomar un curso en materia de libertad de expresión para evitar que repita su actuar.
La Fiscalía General de la República (FGR), a través de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), de la Fiscalía Especializada en materia de Derechos Humanos (FEMDH), obtuvo un fallo favorable por la agresión que sufrió un periodista en el estado de Puebla.
Un Juez del Centro de Justicia Penal Federal en la ciudad de Puebla, resolvió que las pruebas presentadas por la FGR fueron suficientes e idóneas para ordenar que Ángel "N", policía municipal en Tlanepantla, Puebla, deberá reparar el daño a la víctima.
Esta reparación deberá incluir una compensación económica, la obligación del responsable de realizar una disculpa pública en la que se reconozcan los hechos materia de la agresión y se comprometa a respetar la libertad de expresión de los periodistas, así como la obligación de tomar un curso en materia de libertad de expresión a efecto de garantizar la no repetición de los hechos.
Este caso se dio en noviembre de 2020, en Tlanepantla, Puebla, cuando un periodista se encontraba reportando la aparición de un cuerpo humano sin vida en un pozo público, por lo que Ángel "R", lo agredió físicamente para evitar que documentara el hecho. La resolución corresponde al delito de abuso de autoridad de conformidad con los artículos 419 fracción II, 420, 437 y 439, del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
En el presente caso, la FEADLE determinó ejercer la facultad de atracción que contempla el artículo 21 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ya que coincide con una política de persecución penal enfocada en abatir la impunidad de agresiones a la prensa cometidas por servidores públicos.