El periodista Raymundo Riva Palacio obtuvo una sentencia definitiva emitida por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) sobre la demanda que realizó en contra de los señalamientos hechos por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador en la sección "Quién es Quién en las Mentiras", al considerarse que se violaron principios fundamentales de legalidad y derechos humanos.

“Si bien la persona titular del poder Ejecutivo cuenta con libertad de expresión, dicha libertad no le autoriza a violar la vida privada, los datos personales y el honor de los periodistas críticos del gobierno durante las mañaneras o conferencias matutinas”, indicó el Magistrado adscrito al Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, Fernando Silva.

Con la resolución definitiva al amparo en revisión 135/2024, se determinó que las acciones del Ejecutivo en las conferencias matutinas conocidas como "mañaneras" constituyeron un sistema de comunicación post factual que distorsionó la realidad, afectando el derecho de la sociedad a recibir información precisa y neutral.

“En el proyecto encontramos que las libertades de pensamiento, de prensa, de expresión e información, impiden que el Ejecutivo instale sistemas de comunicación gubernamental post factual basados en la distorsión de la realidad para difundir información sesgada, selectiva o falsa porque esto crea un ambiente de desinformación que afecta la capacidad de los ciudadanos para tomar decisiones informadas en una democracia”, expuso el Magistrado Silva García.

El CJF reafirmó que cualquier espacio público debe respetar los derechos fundamentales de los periodistas críticos y garantizar un entorno libre de intimidaciones.

Efectos sobre la libertad de prensa

El tribunal concluyó que los poderes públicos tienen facultades para diseñar conferencias matutinas, pero solo si respetan los principios de legalidad y los derechos humanos.

En consecuencia, se ordenó que el gobierno se abstenga de realizar actos de denostación en plataformas financiadas con recursos públicos y que se garantice el derecho de réplica, además de ofrecer pruebas que sustenten cualquier acusación futura contra periodistas.

Cronología:

2023:

  • Se emitieron declaraciones que señalaban al periodista Raymundo Riva Palacio en la sección "Quién es Quién en las Mentiras" de las conferencias matutinas por parte del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.
  • El periodista Raymundo Riva Palacio presentó una demanda de amparo argumentando que las declaraciones en su contra violaban sus derechos constitucionales, específicamente el derecho al libre acceso a la información, la intimidad y la seguridad jurídica.

2024:

  • El Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México concedió un amparo a Riva Palacio, ordenando al presidente AMLO y a Elizabeth García Vilchis abstenerse de emitir pronunciamientos o declaraciones públicas que revelaran información personal del periodista.
  • Un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México confirmó la suspensión  a favor de Riva Palacio, reiterando que el presidente y su vocería debían abstenerse de realizar actos de acoso, represalia o denostación contra el periodista.
  • El gobierno del ex presidente López Obrador apela la decisión.
  • Se emite una sentencia definitiva a favor del periodista Raymundo Riva Palacio.